
15 de septiembre de 2026. El Congreso de Chihuahua por mayoría de votos, reformó la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Chihuahua, en materia de prevención del uso de redes sociales en menores de edad.
La Comisión de Salud en voz del diputado Carlos Alfredo Olson San Vicente al exponer el dictamen ante el Pleno para su votación, señaló que el acceso a las tecnologías de la información debe tener como prioridad esencial contribuir positivamente a la realización de los derechos del niño, y no afectar su bienestar y sano desarrollo.
Las tecnologías de la información deben ser medios para que los menores tengan acceso a materiales o información que se ajuste a su capacidad y a sus intereses, y que reflejen la diversidad de circunstancias que los rodean.
Es por lo anterior, que se reformó la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado en su artículo 7º, a fin de establecer nuevas medidas para proteger a dicho sector frente a los riesgos asociados con el uso de teléfonos celulares y plataformas de redes sociales digitales.
En la reforma, entre otras disposiciones, se plantea que dentro de las aulas de planteles públicos y privados de educación básica y media superior el uso de teléfonos celulares deberá limitarse conforme a los lineamientos que establezca la Secretaría de Educación y Deporte, con el propósito de favorecer un entorno educativo adecuado y prevenir afectaciones al desarrollo cognitivo, emocional y social de niñas, niños y adolescentes.
La Secretaría de Educación y Deporte tendrá 180 días naturales a partir de la entrada en vigor del Decreto de reforma, para expedir los lineamientos referidos.
Asimismo, se establece que las plataformas de redes sociales digitales deberán priorizar en todo momento el interés superior de niñas, niños y adolescentes, además de contar con mecanismos de denuncia, reparación de derechos y medidas de seguridad para protegerlos.
