El Juglar de la Red 

Comparte esta noticia

Por Rafael Cano Franco 

Criterios legales por encargo 

Si hay algo que viene lesionando seriamente la libertad de expresión, es lo referente a la legislación que castiga la violencia política por razón de género, un instrumento que solamente acalla críticas y que se ha convertido en una herramienta de censura por parte de muchas funcionarias públicas, legisladoras o políticas en campaña que de pronto se amparan en ese subterfugio legal para acallar voces que las cuestionan. 

En una democracia la libertad jamás debe ser adjetiva y la de expresión mucho menos porque implica un atentado directo a un derecho universal, pero en México, las legislaciones “progres” de pronto encontraron que la violencia política en razón de género era una forma de acallar voces y por ahí se fueron. 

Durante mucho tiempo las mujeres dijeron que eran mejores para gobernar que los hombres; pero ya quedó demostrado que a la hora del ejercicio de un cargo público o de elección popular, hombres y mujeres, sin importar filiaciones partidistas, son igual de proclives a cometer actos de corrupción, abusos de poder, excesos, incluso recurren a las mismas mañas para eludir responsabilidades cuando suceden tragedias. 

Viene al caso lo anterior luego de que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) anunció el establecimiento de criterios más severos para castigar la violencia política de género. Con el voto a favor de Mónica Soto Fragoso, su nueva presidente, Felipe Fuentes y Felipe de la Mata Pizaña, ese organismo determinó considerar como violencia política en razón de género cualquier señalamiento crítico respecto a una supuesta subordinación de aspirantes mujeres a un hombre de poder, aún cuando la expresión provenga de otra mujer. 

Lo anterior contrasta con la tolerancia, que, bajo el argumento válido de garantizar el derecho a la libertad de expresión, los jueces electorales habían esgrimido hasta este momento. 

Estos nuevos criterios emergen luego de que el 27 de diciembre pasado, la ahora gobernadora del Estado de México, Delfina Gómez, al ser precandidata a la gubernatura de esa entidad fue señalada por la diputada del PRI, Melissa Vargas, de depender “de las decisiones políticas de un grupo de hombres”. 

Lo anterior tiene implicaciones en la campaña electoral que tenemos encima.  

Ahora será violencia política toda crítica que se haga a Claudia Sheinbaum relacionándola con estar supeditada a las órdenes, designios o deseos del presidente López Obrador. Cualquier señalamiento donde ella sea supeditada a esa relación será violencia política en su contra. 

Igualmente, el presidente López Obrador ya no podrá decir que a Xóchitl Gálvez la manejan personajes como Claudio X. González, porque eso implicaría estar violentándola. 

Criterios legales como ese, son producto de la subjetividad porque obedecen más a cuestiones de índole política que a aspectos objetivos de derecho, pero además implican un acto de censura que pretende ocultar obviedades o realidades como los poderes que mueven los hilos de algunas candidatas y candidatos. 

Más allá de que la dedicatoria es para las candidaturas federales, es indudable que en los procesos locales estos criterios también van a tener un impacto y esto generará demandas contra periodistas, columnistas y otros opinadores quienes al expresar algún vínculo de una mujer con un hombre de poder, supeditándola a sus dictados, estaremos cayendo en violencia política en razón de género. 

No habría ningún problema si la legislación respecto al tema fuera contundente y sin lagunas, el problema son los criterios –o forma de interpretación que tienen los juzgadores—legales, lo cual se vuelve un vaivén porque un día se marcan unos y luego, a contentillo, se determinan otros. 

La crítica periodística, sea para hombre y mujeres, no tiene relación con el género de las personas, se sustenta en todo caso en los hechos visibles, pero en este punto al Tribunal Judicial Electoral pareciera estar más preocupado por establecer “candados” o blindajes a las candidatas que en lugar de permitir una libertad de expresión que no esté acotada o limitada por interpretaciones subjetivas de la ley. 

Con esta nueva mordaza, ya no hay manera de poder decir que una mujer es un “títere” en las manos de un hombre de poder, pero curioso eso sí se puede decir de un hombre. 

Esto sucede cuando se legisla por encargo y se interpreta a conveniencia la ley. 


Comparte esta noticia

Written by 

ÚLTIMAS NOTICIAS