Martín Santos resolvió que AMLO violó DH de Xóchitl Gálvez al acusarla en mañanera de recibir millonarios contratos aprovechando su cargo en Miguel Hidalgo
Ciudad de México.- Un juez federal resolvió que el presidente Andrés Manuel López Obrador violó derechos humanos de Xóchitl Gálvez, al acusarla en una conferencia mañanera de recibir contratos por mil 500 millones de pesos aprovechando su cargo de Jefa Delegacional en Miguel Hidalgo.
Martín Santos, juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa, amparó este martes a la candidata opositora y estableció que el Ejecutivo violó sus derechos a la presunción de inocencia, honor, reputación y dignidad durante la conferencia del 28 de julio de 2023.
Santos explicó que el presidente actuó con ánimo estigmatizante para alentar la percepción pública sobre Gálvez como corrupta.
La información difundida por López Obrador, sostuvo, no fue veraz, objetiva ni imparcial, que son requisitos que la Suprema Corte de Justicia ha fijado para las expresiones de las autoridades.
“El presidente indicó que se trata de delitos de tráfico de influencias y corrupción sin que exista veracidad en la información, ni denuncia que haya dado lugar a una investigación por parte de las autoridades competentes, que pudiera sustentar la conclusión de que se trata de la comisión de conductas delictivas”, se lee en la sentencia.
“La exposición de la quejosa en la conferencia de prensa se equipara a la exposición ante los medios de un detenido, y se realizó con ánimo estigmatizante, a pesar de que no existe denuncia formal y las autoridades no sustentaron con pruebas las acusaciones realizadas, ni demostraron la forma en que obtuvieron la información”, agregó
Durante el juicio, el gobierno alegó que el amparo debía ser desechado, porque todas las afirmaciones del Presidente en las mañaneras están protegidas por el derecho a la libre expresión, y son meras opiniones que no constituyen actos de autoridad.
“Cuando se proporciona información por parte de una autoridad en ejercicio de su encargo, a través de sus redes sociales o medios de comunicación, con una idea preconcebida de que la persona de quien se expresa puede haber cometido ilícitos, procede el juicio de amparo, porque esas manifestaciones son actos de autoridad susceptibles de ser analizados a través de ese medio de control constitucional, ya que pueden afectar derechos fundamentales de los quejosos”, replicó el juez.
Cuando Santos pidió copia de la versión estenográfica de la conferencia, el Gobierno respondió que no podía enviarla, porque el Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó eliminarla de redes sociales y sitios de internet.
El efecto del amparo es, precisamente, eliminar la conferencia de todas las redes y páginas electrónicas, pero es previsible que el gobierno impugnará el fallo ante un tribunal colegiado de circuito.