Deben ser realidad las salas de lactancia y cuidado para bebés de internas

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Las mujeres que purgan condenas en los centros de reinserción social en el estado, deben tener condiciones apegadas a la protección de sus derechos humanos y nuestro compromiso es seguir avanzando juntos en programas efectivos que combatan la reincidencia.

Uno de los aspectos fundamentales es fortalecer la infraestructura para atender a los hijos que nacen y crecen hasta determinada edad al lado de sus madres.

Hoy por hoy, es necesario incorporar salas de lactancia, cambiadores para niñas y niños, una deficiencia que se ha convertido en clamor.

Las mujeres que, siendo parte de la población penitenciaria, se aventuran a la maternidad, se ven expuestas a la falta de atención médica durante el embarazo, poniendo en riesgo, además de su salud, la capacidad de ser madres en un futuro; la violencia obstétrica y la incapacidad de tener un parto digno se hacen presentes en el que debería ser, el momento más mágico de su vida.

Ahora bien, esto no está peleado con el derecho que tienen las mujeres privadas de la libertad sobre decidir ser mamá o no, pues dentro de los reclusorios lo único que tienen es una pizca de albedrío sobre ellas mismas y la realización de sus planes de vida, claro, dentro de prisión.

Esto cobra más sentido si la sentencia de ellas es alta, biológicamente no es posible esperar los 50 años que podría durar una pena para, ahora sí, convertirse en madre, por mencionar un ejemplo.

Y bueno, qué decir de las mujeres que se encuentran en reclusión injustamente, sin sentencia alguna o peor aún, las que están pagando un delito que no cometieron, ¿Cómo pensar en tener hijos bajo un contexto socialmente aceptado si las condiciones en prisión no te permiten acceder allá?

La frialdad con la que se conduce la sociedad actual, en la que las redujeron de mujeres a cifras, es un llamado urgente a abogar por el cumplimiento a los derechos humanos, la sensibilización ante la injusticia y la empatía.

Si luchamos por dotar de infraestructura para los bebés que habitan en los Ceresos, se observan varios beneficios:

Bienestar de madres e hijos: Las salas de lactancia y los cambiadores permiten a las madres atender las necesidades de sus hijos de manera más cómoda y segura. Esto es esencial para el bienestar de las madres y sus bebés.

Dignidad y respeto: La provisión de productos de higiene menstrual garantiza que las mujeres que se encuentran en los centros tengan acceso a elementos básicos de cuidado personal, lo que promueve su dignidad y bienestar.

Cumplimiento de derechos humanos: Estas medidas contribuyen al cumplimiento de los derechos humanos de las personas privadas de libertad, incluyendo el derecho a la atención médica, la igualdad de género y la no discriminación.

Promoción de la reinserción: Ofrecer condiciones más humanas y respetuosas en los centros de reinserción puede ayudar en el proceso de rehabilitación y reinserción de las personas en la sociedad.

Fomento de la igualdad de género: La inclusión de instalaciones y suministros específicos para mujeres y niños reconoce la importancia de atender las necesidades particulares de estos grupos.

Hemos presentado una reforma a la Ley Estatal de Salud, incorporando, en el artículo 301 lo siguiente:

Los Centros de Reinserción Social deberán contar, además de lo previsto por las disposiciones legales aplicables y las normas técnicas correspondientes, con un departamento de baños de regadera y otro de enfermería, éste para la atención de aquellos casos de enfermedad de los internos, en que no sea necesario su traslado a un hospital.

En los Centros de Reinserción Social, con población femenina, además de lo dispuesto en el párrafo anterior, se deberá contar con salas de lactancia, cambiadores para niñas y niños, y a su vez, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal, se suministrarán productos de higiene menstrual.


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