El INE ordena a AMLO eliminar lo que dijo sobre el “Plan C” en La Mañanera del 27 de marzo

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La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), ordenó al presidente Andrés Manuel López Obrador eliminar en un plazo no mayor a seis horas, los comentarios sobre el “Plan C” de la conferencia mañanera, por considerar que viola la equidad en la contienda de los procesos electorales en Coahuila y el  Estado de México. 

En sesión extraordinaria de este jueves, la instancia electoral ordenó a la Presidencia de la República, eliminar de los archivos de audio, audiovisuales o versiones estenográficas, así como de cualquier otra plataforma electrónica bajo su dominio, control o administración, por constituir una presunta violación al principio de equidad en los procesos electorales locales, la conferencia matutina del 27 de marzo, o en su caso modificarla en lo conducente,  hecho que deberá realizarse  en un plazo que no podrá exceder de seis horas.

En la conferencia matutina del pasado lunes el primer mandatario señaló “Ahora hay un Plan C, no estén pensando que ya acabó todo, pues que no se vote por el bloque conservador para que siga la transformación, ni un voto a los conservadores, si a la transformación, ese es el Plan C ese ya lo aplicamos en el 18, fue el pueblo el que dijo basta y se inició la transformación” esa es la parte que la instancia electoral ordenó al primer mandatario eliminar.

La comisión determinó procedente la medida cautelar solicitada por la senadora del PANKenia López y el PRD, por el presunto uso indebido de recursos públicos y violación al principio de equidad en la contienda, en detrimento de los procesos electorales locales en Coahuila Estado de México.

Vulnera equidad en la contienda electoral

Los consejeros del instituto consideraron que las manifestaciones pueden vulnerar el principio de equidad en la contienda electoral en los dos estados en los que se realizaron elecciones el próximo 4 de junio, ya que existe afectación al principio de imparcialidad que como servidores públicos, en ejercicio de las funciones no deben pronunciarse o hacer llamados al voto a favor o en contra de algún candidato o partido político, realizando actos proselitistas.

La instancia señaló que el titular del Ejecutivo tiene un especial deber de cuidado respecto de las expresiones que emite y que puedan derivar en una afectación de los principios de imparcialidad, neutralidad o disposiciones vinculadas con el proceso de Revocación de Mandato, obligación que ha sido reiterada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Por lo que respecta a la solicitud de ordenar al titular del Ejecutivo, abstenerse de realizar manifestaciones similares a las realizadas, se consideró improcedente, toda vez que la petición versa sobre hechos futuros de realización incierta.

Respecto a que se incurrió en un probable uso indebido de recursos públicos, los consejeros aclararon que es un tema que corresponde al Tribunal Electoral analizar el fondo del asunto.


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