El juzgado Onceavo de Distrito con sede en el Estado de Chihuahua, concedió la suspensión provisional a Maru Campos Galván, presidenta municipal de Chihuahua y ordenó a las autoridades del estado a que no viertan juicios de valor y no hacer pública cualquier información relativa a las carpetas de investigación judicializadas en caso de existir.
Esta resolución se emitió, luego de que Maru Campos interpuso el Juicio de Amparo Indirecto 1677/2020 en atención a la situación jurídica que aduce tener la quejosa, pues la finalidad de brindar información sobre hechos delictuosos a los medios de comunicación no puede justificar la violación a la presunción de inocencia, como regla de trato en su vertiente extraprocesal, por parte de las autoridades que expone como culpable a la indiciada.
El juez federal emitió la siguiente resolución.-
“VI. PROCEDENCIA DE LA SUSPENSIÓN: Con fundamento en lo que se dispone en el artículo 128 de la Ley de Amparo, se concede la suspensión provisional solicitada para el efecto que en lo subsecuente, las autoridades responsables se abstengan de hacer pública cualquier información relativa a la quejosa María Eugenia Campos Galván en las carpetas de investigación 000000000, posiblemente instruidas en su contra, hasta que las responsables reciban notificación sobre la suspensión definitiva que se dicte en ésta incidencia.
Lo anterior, en atención a la situación jurídica que aduce tener la quejosa, pues la finalidad de brindar información sobre hechos delictuosos a los medios de comunicación no puede justificar la violación a la presunción de inocencia, como regla de trato en su vertiente extraprocesal, por parte de las autoridades que expone como culpable a la indiciada”, señala parte de la resolución.